1.-
Con relación a la denominada “Dirección General de Contrainteligencia Militar
(DGCIM)”, la misma se encuentra al margen de la ley, usurpando funciones
públicas en calidad de Órgano de Investigación Penal, sin que exista una Ley
que regule las actividades con las cuales actúan haciendo Investigaciones,
Deteniendo a las personas, suscribiendo Actas Policiales, violando el artículo
55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo
113 del Código... Continuar leyendo