Señor
António Guterres
SECRETARIO GENERAL DE LAS
NACIONES UNIDAS
New York
Estados Unidos de América
Presente.-
En cumplimiento del Mandato
establecido en la Resolución A/RES/53/144 de 08 de marzo de 1999,
emanada de la Asamblea General, en sus artículos 6 y 9, en
concordancia con la Resolución A/RES/58/380 de 18 de septiembre de
2003, principalmente en el numeral 48 que establece:
"...48.
Los defensores pueden supervisar una situación en general,
investigar rápidamente las denuncias de presuntas violaciones y
comunicar sus conclusiones, lo cual obliga en cierta medida a los
responsables a rendir cuentas. Pueden prestar apoyo a las víctimas y
a las personas que tratan de escapar a la violencia. También pueden
ofrecer refugio de emergencia, alimentos, agua y servicios médicos
para que la población sobreviva a un período de emergencia. Su
presencia puede ayudar a calmar los ánimos y, a veces, a impedir que
se cometan violaciones de los derechos humanos.
Su
labor puede ayudar a que se ponga término a esas situaciones con
rapidez y a que se haga justicia a quienes, a pesar de todo, sufren
las consecuencias de dichas violaciones. También aseguran a la
comunidad internacional
una
visión independiente de lo que sucede en realidad en una situación
de emergencia, y ofrecen información para el proceso de adopción de
decisiones sobre las medidas que cabe adoptar. Esta labor puede ser
un apoyo determinante no sólo para las víctimas de las violaciones
de los derechos humanos y las autoridades gubernamentales más
inmediatas interesadas, sino también para el Consejo de Seguridad y
otros órganos..."
CASO CHILE
INFORME
PRELIMINAR NECESARIO
El
presente Informe se produce a raíz de las constantes y reiteradas
denuncias de ciudadanos preocupados, por el clima de violencia en la
mayoría de la amplia geografía de la República de Chile, donde se
cuestiona la actividad policial, la cual en resguardo del Orden
Público se encuentra bajo la responsabilidad de CARABINEROS DE
CHILE, y que se fundamenta en la Información que aporta la Fiscalía
Nacional de que se encuentran bajo Investigación más de 5.000 casos
de presuntas violaciones a los derechos humanos, desde el período
comprendido entre el 18 de Octubre de 2019 hasta el primer trimestre
de 2020.
VERSIÓN
OFICIAL DEL ESTADO EN LA PERSONA DEL MINISTERIO PÚBLICO
En
la fecha 31 de Enero de 2020, emana de la Oficina de Prensa de la
Fiscalía Nacional de la República de Chile, la siguiere Nota con
soporte electrónico:
http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/sala_prensa/noticias_det.do?id=17285
“La
Fiscalía de Chile informó hoy que desde el inicio de las
manifestaciones sociales en el país y hasta el 30 de noviembre
pasado, las víctimas de violaciones a derechos humanos, que habrían
sido cometidas por agentes del Estado, aumentó a 5.558 personas.
De
acuerdo a la información divulgada por la Unidad Especializada en
Derechos Humanos de la Fiscalía Nacional, del total de víctimas,
4.525 son hombres y 1.031, mujeres, mientras que en términos
etarios, 4.719 son adultos y 834 son niños, niñas o adolescentes.
Entre
el total de víctimas, 21 han acusado discriminación por pertenecer
a diversidades sexuales, mientras que otras 19 se han identificado
como mapuches. Respecto de las personas extranjeras víctimas de
violencia institucional, el total asciende a 75 personas, que en su
mayoría son ciudadanos colombianos, peruanos y venezolanos.
Las
lesiones por armas de fuego suman 1.938 víctimas, de las cuales 285
denunciaron daño ocular. Respecto de los delitos cometidos por
agentes del Estado; 4.158 denuncias se relacionan al delito de
apremios ilegítimos cometidos por funcionarios públicos; 1.038
corresponden a abusos contra particulares y los casos de torturas son
134.
En
aquellos casos relacionados a delitos de connotación sexual, y según
la información entregada por las víctimas al momento de hacer la
denuncia, 192 personas habrían sufrido desnudamientos; 67 habrían
enfrentado hechos constitutivos de violación o abuso sexual; y 15,
amenazas de cometer delitos sexuales en su contra.
Sobre
el lugar en el que se cometieron los actos de violencia
institucional, 3.798 personas indican que ocurrieron en la vía
pública; otros 582 habrían sido perpetrados en comisarías,
brigadas policiales o recintos militares. Adicionalmente, 72 personas
denunciaron que los hechos habrían ocurrido al interior de sus
domicilios particulares; 202 en carros policiales; y 79 en locales
comerciales, entre otros.
A
pesar de que se registran casos en todas las regiones del país, la
mayoría de las violaciones a los Derechos Humanos las concentra la
Región Metropolitana, con 2.650 víctimas. Valparaíso es la segunda
región con mayor número de víctimas, con 776 y la sigue Biobío
con 409 personas.
Del
total de víctimas, 4.170 personas denunciaron a Carabineros como los
responsables de violencia institucional y a la fecha, 294
funcionarios de la institución han sido individualizados. Respecto
del resto de instituciones denunciadas, el Ejército suma 244
denuncias; la PDI alcanza 96; y otras 27 denuncias apuntan a
funcionarios de la Armada de Chile. Actualmente existen 38 agentes
del Estado formalizados por uno o más delitos.
Dada
la naturaleza de las denuncias y quienes son sindicados como los
presuntos responsables, la Fiscalía ha desplegado a sus equipos de
Atención a Víctimas y Testigos en distintos centros de salud para
recoger relatos de los afectados, lo que ha permitido abrir de oficio
114 investigaciones, que no estaban presentándose. Otros 1.404 casos
han sido conocidos por denuncias de las víctimas, tras las
audiencias de control de detención; en tanto que otros 3.545 casos
fueron denuncias presentadas ante fiscalías locales o recintos
policiales.
Muertes
en contexto del estallido social
Desde
el inicio de las manifestaciones sociales, el pasado 18 de octubre,
se ha registrado el fallecimiento de 31 personas en el contexto de
estas protestas, todas actualmente con investigación abierta a cargo
de la Fiscalía de Chile. En cuatro de estos casos, la muerte es
atribuible a agentes del Estado, mientras que otras dos personas
fallecieron mientras se encontraban bajo custodia en comisarías.
De
las 25 personas restantes, solo resta por identificar a un fallecido
encontrado en los escombros del incendio que afectó a una tienda
Hites en la Región de Valparaíso. La Fiscalía de esa ciudad se
encuentra realizando las pericias necesarias para determinar su
identidad con la mayor prontitud.”
VERSIÓN
DE LA FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
“las
fuerzas de seguridad, en particular Carabineros de Chile, han hecho
un uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, con la intención de
castigar y aleccionar a los manifestantes” y que existe un “uso
indiscriminado y criminal de las armas menos letales”, haciendo
especial referencia “a la enorme cantidad de personas víctimas de
trauma ocular severo y lesiones en la parte superior del cuerpo,
inclusive la cabeza”.
(...)“incluyen
al menos cuatro casos de ejecuciones extrajudiciales a manos de
agentes estatales, cientos de casos de torturas y tratos crueles,
inhumanos y degradantes al momento de la detención y en las
comisarías, casos de violencia sexual y violación en condiciones de
privación de libertad, miles de personas heridas por el uso abusivo
de la fuerza menos letal en el contexto de las reuniones públicas y
otras miles de personas detenidas por las fuerzas de manera
arbitraria”
(RECOMENDACIONES QUE
REALIZARON) 2.
Investigar con celeridad las violaciones a los derechos humanos
cometidas y adoptar medidas inmediatas, disciplinarias y/o penales,
respecto de funcionarios públicos responsables por violaciones de
derechos humanos, en particular en casos de violación al derecho a
la vida e integridad personal e incluyendo a los superiores
jerárquicos que autorizaron o avalaron las operaciones policiales.
3.
Iniciar un proceso de reforma profunda de Carabineros de Chile
destinada a democratizar su estructura y a revisar su rol en la
sociedad chilena, adecuando sus normas, protocolos y reglamentos a
los estándares internacionales en materia de derechos humanos. (…)
5. Suspender la utilización por parte de Carabineros de armas de
fuego, perdigones y utilización de equipamiento menos letal,
particularmente en contextos de protesta social, hasta que sean
adecuadamente regulados, investigados los casos y determinadas las
responsabilidades por las lesiones sufridas hasta la fecha por la
población. 6. Garantizar la asistencia de la Defensoría Penal
Pública de manera efectiva y adecuada desde los primeros momentos de
la detención, asegurando que las entrevistas con las personas
privadas de libertad se concreten con anterioridad a las audiencias y
tengan una duración y contenido que garanticen el adecuado ejercicio
de la defensa y la detección sistemática de posibles casos de
tortura, malos tratos y violencia sexual. 7. Establecer protocolos de
actuación para la Defensoría Penal Pública y la Fiscalía,
garantizando la adecuada detección, documentación, denuncia y
sanción de la tortura y los malos tratos, según sus respectivas
competencias, manteniendo registros de la totalidad de los casos
identificados, informados por las víctimas, formalizados y con
sentencias.”
INFORME DE LA OFICINA DE LA ALTA COMISIONADA DE LAS NACIONES
UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS
“13.
El 4 de octubre de 2019, el Panel de Expertos en Transporte Público
anunció un aumento de 30 pesos (aproximadamente US$ 0,04) en la
tarifa del servicio del Metro de Santiago.16 Tres días después, un
grupo de estudiantes ingresó a una estación de metro céntrica en
Santiago y saltó las barreras. Durante los días siguientes, las
evasiones colectivas de tarifas cobraron impulso a medida que otros
estudiantes y personas se unieron a las evasiones. El 17 de octubre,
hubo evasiones masivas de tarifas y destrucción de torniquetes e
infraestructura en más de una docena de estaciones del Metro. Las
protestas tuvieron lugar en toda la capital. Se registraron
barricadas, incendios y saqueos en Santiago y otras partes del país,
incluidos Valparaíso y Concepción. (…) “14. El 18 de octubre,
el Gobierno decretó un estado de emergencia17 para la Región
Metropolitana (provincias de Santiago y Chacabuco y comunas de Puente
Alto y San Bernardo)18. Esta permite restringir la libertad de
movimiento y reunión y establece que los militares pueden llevar a
cabo funciones de seguridad pública. El 19 de octubre, se declaró
un estado de emergencia y toque de queda en Santiago, Valparaíso y
la Provincia de Concepción; esto se extendió posteriormente a la
mayoría de las regiones del país. El estado de emergencia duró
entre cinco y nueve días, dependiendo del lugar. Los toques de queda
se fueron reduciendo progresivamente. 19 Las manifestaciones
continuaron durante el estado de emergencia y continúan hasta la
fecha. El 25 de octubre, un número récord de 1,2 millones de
personas participaron en una manifestación en Santiago. El 14 de
noviembre, los partidos políticos llegaron a un acuerdo para poner
en marcha un proceso para cambiar la Constitución, incluido un
referéndum inicial en abril de 2020. Hasta la fecha de redacción de
este informe, las protestas continuaban en diferentes regiones del
país, aunque con menor intensidad. Asimismo, la Oficina continúa
recibiendo información sobre presuntas violaciones de los derechos
humanos por parte de Carabineros. (…) 26. La
ACNUDH también ha observado que ha habido un uso innecesario y
desproporcionado de armas menos letales, en particular escopetas
antidisturbios, durante manifestaciones pacíficas y/o fuera del
contexto de enfrentamientos violentos entre manifestantes y fuerzas
de seguridad. Esto ha resultado en un gran número de personas
heridas, incluidas transeúntes y aquellas que no cometieron actos
violentos sino que protestaron pacíficamente. 27. De acuerdo con los
protocolos nacionales sobre el uso de la fuerza, en casos de control
de disturbios, Carabineros solo está autorizado a usar perdigones de
goma o cartuchos “super sock”36 (solo por parte de fuerzas
especiales) como munición.37 Según el INDH, la mayoría de las
lesiones graves documentadas por ellos son a causa de perdigones.38
Los perdigones de plomo no están incluidos entre los cartuchos
autorizados para el uso por las fuerzas de seguridad. 28. La ACNUDH
recibió información de personal médico que indicaba que se había
detectado plomo en los perdigones. Esto fue confirmado por dos
estudios académicos, que indicaron que los gránulos encontrados en
los cuerpos de los pacientes solo contenían un 20% de caucho.39 El
19 de noviembre, el General Director de Carabineros indicó que el
Laboratorio de Criminalística de la Policía había descubierto que
la composición de los perdigones de goma (con trazas de 0,08 de
plomo)40 difería de la declarada por el fabricante.41 29. Ese mismo
día, el General Director de Carabineros suspendió el uso de
escopetas antidisturbios durante las manifestaciones, "con la
excepción de cuando exista un riesgo inminente de muerte".42
Parece, sin embargo, que esta orden no se ha implementado
completamente. La ACNUDH recibió información de que el 21 de
noviembre una persona que participó en una manifestación en Osorno
fue herida por perdigones proveniente de escopetas antidisturbios y
tuvo que ser sometido a una cirugía. 30. Según la información
recopilada por la ACNUDH, la policía ha utilizado irritantes
químicos, especialmente gases lacrimógenos, para dispersar
manifestaciones no violentas, a menudo junto con escopetas
antidisturbios.43 Aunque prohibido por protocolos para el
mantenimiento del orden público44, el gas lacrimógeno se ha usado
cerca de hospitales, por ejemplo en el Hospital Gustavo Fricke en
Valparaíso (8 de noviembre) y en la Clínica Santa María en
Santiago (9 de noviembre). (…) 92. La ACNUDH fue informada de
restricciones por parte de la policía a la información solicitada
por abogadas y abogados sobre las personas detenidas. Estas
restricciones tuvieron lugar principalmente durante el estado de
emergencia. Según lo reportado, la policía informó a las y los
abogados que solo el personal del INDH o los Defensores Públicos
podrían tener acceso a los registros o que tendrían que solicitarlo
oficialmente a través de los mecanismos de acceso a la información.
El 25 de octubre, el Consejo para la Transparencia envió un
memorando al Poder Ejecutivo y a las otras instituciones
(Carabineros, Ejército, Gendarmería y Policía de Investigaciones,
entre otros), destacando que el registro de detenidos, según a la
Constitución, es público y que cualquier persona puede acceder a
él.87 El 29 de noviembre, el Consejo para la Transparencia indicó
que, después de examinar 27 comisarías en tres regiones del país,
descubrieron que el 70% de ellas proporcionaban acceso sin
restricciones a la información contenida en el registro de
detenidos.88 (…) B. Actos de violencia contra las fuerzas de
seguridad y destrucción de bienes 96. La ACNUDH ha observado una
gran cantidad de actos de violencia contra funcionarios encargados de
hacer cumplir la ley, incluidos Carabineros, el personal del Ejército
y de la Policía de Investigaciones. Según el Ministerio del
Interior, 2.705 miembros de las fuerzas de seguridad resultaron
heridos entre el 18 de octubre y 6 de diciembre.90 La ACNUDH recibió
información sobre varios casos de miembros de Carabineros heridos y
entrevistó a varios de ellos. 97. Por ejemplo, el 27 de octubre en
Santiago, el Teniente de Fuerzas Especiales Camilo Parragué (25
años) sufrió una fractura abierta del húmero como resultado de que
personas encapuchadas le arrojaron piedras y habría sido arrojado al
suelo donde fue atropellado por un autobús. El 6 de noviembre, la
Cabo Segundo de Fuerzas Especiales, Maria José Hernandez Torres (25
años) y la Carabinero Abigail Abusto Cárdenas sufrieron quemaduras
faciales graves debido a una bomba molotov lanzada en una
manifestación en Santiago. La ACNUDH se entrevistó también con un
Carabinero de Fuerzas Especiales que se encontraba hospitalizado tras
haber recibido un fuerte golpe con un ladrillo en la zona genital, en
una manifestación el 1 de noviembre en Santiago. “Nos atacan con
piedras, botellas y molotovs. El nivel de violencia supera lo
normal.” Miembro de Carabineros lesionado
98. Carabineros, el Ejército 91 y la Fuerza Aérea 92 han sufrido
ataques contra sus dependencias (en San Antonio y Copiapó) y
saqueos. Según información proporcionada por el Ministerio de
Justicia, 243 ataques a cuarteles policiales habrían tenido lugar
entre el 19 de octubre y el 6 de diciembre. 93 99. También se han
cometido actos de destrucción contra la infraestructura pública y
privada. 130 de las 136 estaciones del Metro de Santiago han sufrido
algún nivel de daño, seis trenes fueron destruidos.94 También hubo
saqueos de supermercados, sucursales bancarias y farmacias, e
incendios provocados de oficinas gubernamentales (por ejemplo, la
oficina de Registro Civil de Providencia y el edificio del Gobierno
Provincial de Concepción). También hubo daños en edificios
protegidos, iglesias, estatuas y otros monumentos.95 Según la
información proporcionada por el Gobierno, una evaluación
preliminar de los daños ascendería a 3.000 millones de dólares.96
100. La ACNUDH también ha observado cómo, en respuesta a los actos
de saqueo y destrucción de bienes, se han formado grupos de
individuos o vecinos ("grupos de vigilantes") para proteger
bienes, algunos con armas. El 10 de noviembre, una persona armada
disparó contra manifestantes en Reñaca, Viña del Mar, resultando
una persona herida. 101. El 19 de octubre, el presidente Sebastián
Piñera declaró que "estamos en guerra contra un enemigo
poderoso".97 Antes de eso, el entonces Ministro del Interior se
había referido a los actos de destrucción como llevados a cabo de
manera organizada por vándalos. Las autoridades tomaron una serie de
medidas, incluida la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del
Estado y propuestas legislativas que establecen sanciones más
severas para los delitos relevantes y restricciones a las protestas,
cuya aplicación podría constituir una restricción a los derechos a
la asamblea pacífica y a la libertad de expresión. 102. Según el
Ministerio de Justicia, entre el 18 de octubre y el 6 de diciembre se
han detenido 28.210 personas, 1.615 permanecen en prisión
preventiva.98 El Ministerio del Interior ha presentado 785 querellas
basadas en la Ley de Seguridad Interior del Estado, contra 1.560
personas (la mayoría de ellas relacionadas con saqueos, incendios
provocados y ataques contra las fuerzas de seguridad).99 El 2 de
diciembre, el Fiscal Nacional declaró que hay "un pequeño
grupo de personas que ha causado destrucción y tienen (...) una
conducta violenta (...) estos serán el foco de nuestra atención".
Hacer lo contrario "habría significado criminalizar a un
movimiento social que ha sido esencialmente legítimo".
INFORME
DEL COMITÉ INTERNACIONAL EN BASE A LA OPINIÓN DE NUESTRA
CONSULTORÍA JURÍDICA
En
base a lo leído, visto a través de los diversos medios de
comunicación, a las imágenes audiovisuales que el mismo público ha
aportado, a la declaraciones de los diferentes sectores en el
conflicto, debemos Informar:
1.-
Que detrás del reclamo normal que se puede hacer, o de protestar de
manera pacifica, hay la figura de la Sedición que ha utilizado como
pretexto el justo reclamo a lo que se considera injusto, para
transformarlo en una guerra desmesurada que busca sin lugar a dudas el derrocamiento del legitimo régimen de gobierno electo en libres y
constitucionales comicios.
2.-
Que esta especie de Enemigo Interno, ha apuntado toda su fuerza para
atacar y provocar al ser humano que viste el uniforme del Cuerpo de
Carabineros, para justificar una sistemática violación de los
Derechos Humanos ordenada por el Estado.
3.-
Que en la República de Chile existe una situación de Emergencia, la
cual ha venido siendo atendida por los diversos organismos públicos,
y que no existe una Violación sistemática de los Derechos Humanos,
que existen excesos individuales suscitados, la mayoría de las veces
por el estado de la necesidad y angustia de los funcionarios, quienes
sienten el temor de perder sus vidas y no miden las consecuencias en
el momento de desobedecer las ordenes protocolares impuestas con
anticipación. Creemos que la Justicia debe verificar las
circunstancias agravantes y atenuantes de cada caso en lo particular.
Existen otros casos que no podemos colocarlos dentro del espacio de
los excesos, sino dentro de los actos delictivos, que son comunes y
estos funcionarios deben ser juzgados por los tribunales de justicia.
4.-
Que estos hechos deben observarse realmente según lo que persiguen
los actores y repetimos, es una fachada de un grupo para deponer al
actual Presidente de su mandato, a costa de vidas inocentes.
Dr.
Israel Álvarez de Armas
Presidente
del Comité Internacional sobre
Desapariciones
Forzadas, Detenciones Arbitrarias y
Delitos
de Genocidio y de Lesa Humanidad.
defensorgeneral@gmail.com