Blog gratis
Reportar
Editar
¡Crea tu blog!
Compartir
¡Sorpréndeme!
img
img

 

 

COMISIÓN EUROPEA Y ASIÁTICA DE DERECHOS HUMANOS
Blog de victoria13

img
img
13 de Marzo, 2020 · General

INFORME DEL COMITE INTERNACIONAL SOBRE DESAPARICIONES FORZADAS, DETENCIONES ARBITRARIAS Y DELITOS DE GENOCIDIO Y DE LESA HUMANIDAD SOBRE LA VIOLENCIA EN CHILE



Señor

António Guterres

SECRETARIO GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS

New York

Estados Unidos de América

Presente.-


En cumplimiento del Mandato establecido en la Resolución A/RES/53/144 de 08 de marzo de 1999, emanada de la Asamblea General, en sus artículos 6 y 9, en concordancia con la Resolución A/RES/58/380 de 18 de septiembre de 2003, principalmente en el numeral 48 que establece:

"...48. Los defensores pueden supervisar una situación en general, investigar rápidamente las denuncias de presuntas violaciones y comunicar sus conclusiones, lo cual obliga en cierta medida a los responsables a rendir cuentas. Pueden prestar apoyo a las víctimas y a las personas que tratan de escapar a la violencia. También pueden ofrecer refugio de emergencia, alimentos, agua y servicios médicos para que la población sobreviva a un período de emergencia. Su presencia puede ayudar a calmar los ánimos y, a veces, a impedir que se cometan violaciones de los derechos humanos.

Su labor puede ayudar a que se ponga término a esas situaciones con rapidez y a que se haga justicia a quienes, a pesar de todo, sufren las consecuencias de dichas violaciones. También aseguran a la comunidad internacional una visión independiente de lo que sucede en realidad en una situación de emergencia, y ofrecen información para el proceso de adopción de decisiones sobre las medidas que cabe adoptar. Esta labor puede ser un apoyo determinante no sólo para las víctimas de las violaciones de los derechos humanos y las autoridades gubernamentales más inmediatas interesadas, sino también para el Consejo de Seguridad y otros órganos..."


CASO CHILE

INFORME


PRELIMINAR NECESARIO


El presente Informe se produce a raíz de las constantes y reiteradas denuncias de ciudadanos preocupados, por el clima de violencia en la mayoría de la amplia geografía de la República de Chile, donde se cuestiona la actividad policial, la cual en resguardo del Orden Público se encuentra bajo la responsabilidad de CARABINEROS DE CHILE, y que se fundamenta en la Información que aporta la Fiscalía Nacional de que se encuentran bajo Investigación más de 5.000 casos de presuntas violaciones a los derechos humanos, desde el período comprendido entre el 18 de Octubre de 2019 hasta el primer trimestre de 2020.


VERSIÓN OFICIAL DEL ESTADO EN LA PERSONA DEL MINISTERIO PÚBLICO


En la fecha 31 de Enero de 2020, emana de la Oficina de Prensa de la Fiscalía Nacional de la República de Chile, la siguiere Nota con soporte electrónico:


http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/sala_prensa/noticias_det.do?id=17285


La Fiscalía de Chile informó hoy que desde el inicio de las manifestaciones sociales en el país y hasta el 30 de noviembre pasado, las víctimas de violaciones a derechos humanos, que habrían sido cometidas por agentes del Estado, aumentó a 5.558 personas.

De acuerdo a la información divulgada por la Unidad Especializada en Derechos Humanos de la Fiscalía Nacional, del total de víctimas, 4.525 son hombres y 1.031, mujeres, mientras que en términos etarios, 4.719 son adultos y 834 son niños, niñas o adolescentes.

Entre el total de víctimas, 21 han acusado discriminación por pertenecer a diversidades sexuales, mientras que otras 19 se han identificado como mapuches. Respecto de las personas extranjeras víctimas de violencia institucional, el total asciende a 75 personas, que en su mayoría son ciudadanos colombianos, peruanos y venezolanos.

Las lesiones por armas de fuego suman 1.938 víctimas, de las cuales 285 denunciaron daño ocular. Respecto de los delitos cometidos por agentes del Estado; 4.158 denuncias se relacionan al delito de apremios ilegítimos cometidos por funcionarios públicos; 1.038 corresponden a abusos contra particulares y los casos de torturas son 134.

En aquellos casos relacionados a delitos de connotación sexual, y según la información entregada por las víctimas al momento de hacer la denuncia, 192 personas habrían sufrido desnudamientos; 67 habrían enfrentado hechos constitutivos de violación o abuso sexual; y 15, amenazas de cometer delitos sexuales en su contra.

Sobre el lugar en el que se cometieron los actos de violencia institucional, 3.798 personas indican que ocurrieron en la vía pública; otros 582 habrían sido perpetrados en comisarías, brigadas policiales o recintos militares. Adicionalmente, 72 personas denunciaron que los hechos habrían ocurrido al interior de sus domicilios particulares; 202 en carros policiales; y 79 en locales comerciales, entre otros.

A pesar de que se registran casos en todas las regiones del país, la mayoría de las violaciones a los Derechos Humanos las concentra la Región Metropolitana, con 2.650 víctimas. Valparaíso es la segunda región con mayor número de víctimas, con 776 y la sigue Biobío con 409 personas.

Del total de víctimas, 4.170 personas denunciaron a Carabineros como los responsables de violencia institucional y a la fecha, 294 funcionarios de la institución han sido individualizados. Respecto del resto de instituciones denunciadas, el Ejército suma 244 denuncias; la PDI alcanza 96; y otras 27 denuncias apuntan a funcionarios de la Armada de Chile. Actualmente existen 38 agentes del Estado formalizados por uno o más delitos.

Dada la naturaleza de las denuncias y quienes son sindicados como los presuntos responsables, la Fiscalía ha desplegado a sus equipos de Atención a Víctimas y Testigos en distintos centros de salud para recoger relatos de los afectados, lo que ha permitido abrir de oficio 114 investigaciones, que no estaban presentándose. Otros 1.404 casos han sido conocidos por denuncias de las víctimas, tras las audiencias de control de detención; en tanto que otros 3.545 casos fueron denuncias presentadas ante fiscalías locales o recintos policiales.

Muertes en contexto del estallido social
Desde el inicio de las manifestaciones sociales, el pasado 18 de octubre, se ha registrado el fallecimiento de 31 personas en el contexto de estas protestas, todas actualmente con investigación abierta a cargo de la Fiscalía de Chile. En cuatro de estos casos, la muerte es atribuible a agentes del Estado, mientras que otras dos personas fallecieron mientras se encontraban bajo custodia en comisarías.

De las 25 personas restantes, solo resta por identificar a un fallecido encontrado en los escombros del incendio que afectó a una tienda Hites en la Región de Valparaíso. La Fiscalía de esa ciudad se encuentra realizando las pericias necesarias para determinar su identidad con la mayor prontitud.”


VERSIÓN DE LA FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

las fuerzas de seguridad, en particular Carabineros de Chile, han hecho un uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, con la intención de castigar y aleccionar a los manifestantes” y que existe un “uso indiscriminado y criminal de las armas menos letales”, haciendo especial referencia “a la enorme cantidad de personas víctimas de trauma ocular severo y lesiones en la parte superior del cuerpo, inclusive la cabeza”. (...)incluyen al menos cuatro casos de ejecuciones extrajudiciales a manos de agentes estatales, cientos de casos de torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes al momento de la detención y en las comisarías, casos de violencia sexual y violación en condiciones de privación de libertad, miles de personas heridas por el uso abusivo de la fuerza menos letal en el contexto de las reuniones públicas y otras miles de personas detenidas por las fuerzas de manera arbitraria” (RECOMENDACIONES QUE REALIZARON) 2. Investigar con celeridad las violaciones a los derechos humanos cometidas y adoptar medidas inmediatas, disciplinarias y/o penales, respecto de funcionarios públicos responsables por violaciones de derechos humanos, en particular en casos de violación al derecho a la vida e integridad personal e incluyendo a los superiores jerárquicos que autorizaron o avalaron las operaciones policiales.

3. Iniciar un proceso de reforma profunda de Carabineros de Chile destinada a democratizar su estructura y a revisar su rol en la sociedad chilena, adecuando sus normas, protocolos y reglamentos a los estándares internacionales en materia de derechos humanos. (…) 5. Suspender la utilización por parte de Carabineros de armas de fuego, perdigones y utilización de equipamiento menos letal, particularmente en contextos de protesta social, hasta que sean adecuadamente regulados, investigados los casos y determinadas las responsabilidades por las lesiones sufridas hasta la fecha por la población. 6. Garantizar la asistencia de la Defensoría Penal Pública de manera efectiva y adecuada desde los primeros momentos de la detención, asegurando que las entrevistas con las personas privadas de libertad se concreten con anterioridad a las audiencias y tengan una duración y contenido que garanticen el adecuado ejercicio de la defensa y la detección sistemática de posibles casos de tortura, malos tratos y violencia sexual. 7. Establecer protocolos de actuación para la Defensoría Penal Pública y la Fiscalía, garantizando la adecuada detección, documentación, denuncia y sanción de la tortura y los malos tratos, según sus respectivas competencias, manteniendo registros de la totalidad de los casos identificados, informados por las víctimas, formalizados y con sentencias.”

INFORME DE LA OFICINA DE LA ALTA COMISIONADA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS

13. El 4 de octubre de 2019, el Panel de Expertos en Transporte Público anunció un aumento de 30 pesos (aproximadamente US$ 0,04) en la tarifa del servicio del Metro de Santiago.16 Tres días después, un grupo de estudiantes ingresó a una estación de metro céntrica en Santiago y saltó las barreras. Durante los días siguientes, las evasiones colectivas de tarifas cobraron impulso a medida que otros estudiantes y personas se unieron a las evasiones. El 17 de octubre, hubo evasiones masivas de tarifas y destrucción de torniquetes e infraestructura en más de una docena de estaciones del Metro. Las protestas tuvieron lugar en toda la capital. Se registraron barricadas, incendios y saqueos en Santiago y otras partes del país, incluidos Valparaíso y Concepción. (…) “14. El 18 de octubre, el Gobierno decretó un estado de emergencia17 para la Región Metropolitana (provincias de Santiago y Chacabuco y comunas de Puente Alto y San Bernardo)18. Esta permite restringir la libertad de movimiento y reunión y establece que los militares pueden llevar a cabo funciones de seguridad pública. El 19 de octubre, se declaró un estado de emergencia y toque de queda en Santiago, Valparaíso y la Provincia de Concepción; esto se extendió posteriormente a la mayoría de las regiones del país. El estado de emergencia duró entre cinco y nueve días, dependiendo del lugar. Los toques de queda se fueron reduciendo progresivamente. 19 Las manifestaciones continuaron durante el estado de emergencia y continúan hasta la fecha. El 25 de octubre, un número récord de 1,2 millones de personas participaron en una manifestación en Santiago. El 14 de noviembre, los partidos políticos llegaron a un acuerdo para poner en marcha un proceso para cambiar la Constitución, incluido un referéndum inicial en abril de 2020. Hasta la fecha de redacción de este informe, las protestas continuaban en diferentes regiones del país, aunque con menor intensidad. Asimismo, la Oficina continúa recibiendo información sobre presuntas violaciones de los derechos humanos por parte de Carabineros. (…) 26. La ACNUDH también ha observado que ha habido un uso innecesario y desproporcionado de armas menos letales, en particular escopetas antidisturbios, durante manifestaciones pacíficas y/o fuera del contexto de enfrentamientos violentos entre manifestantes y fuerzas de seguridad. Esto ha resultado en un gran número de personas heridas, incluidas transeúntes y aquellas que no cometieron actos violentos sino que protestaron pacíficamente. 27. De acuerdo con los protocolos nacionales sobre el uso de la fuerza, en casos de control de disturbios, Carabineros solo está autorizado a usar perdigones de goma o cartuchos “super sock”36 (solo por parte de fuerzas especiales) como munición.37 Según el INDH, la mayoría de las lesiones graves documentadas por ellos son a causa de perdigones.38 Los perdigones de plomo no están incluidos entre los cartuchos autorizados para el uso por las fuerzas de seguridad. 28. La ACNUDH recibió información de personal médico que indicaba que se había detectado plomo en los perdigones. Esto fue confirmado por dos estudios académicos, que indicaron que los gránulos encontrados en los cuerpos de los pacientes solo contenían un 20% de caucho.39 El 19 de noviembre, el General Director de Carabineros indicó que el Laboratorio de Criminalística de la Policía había descubierto que la composición de los perdigones de goma (con trazas de 0,08 de plomo)40 difería de la declarada por el fabricante.41 29. Ese mismo día, el General Director de Carabineros suspendió el uso de escopetas antidisturbios durante las manifestaciones, "con la excepción de cuando exista un riesgo inminente de muerte".42 Parece, sin embargo, que esta orden no se ha implementado completamente. La ACNUDH recibió información de que el 21 de noviembre una persona que participó en una manifestación en Osorno fue herida por perdigones proveniente de escopetas antidisturbios y tuvo que ser sometido a una cirugía. 30. Según la información recopilada por la ACNUDH, la policía ha utilizado irritantes químicos, especialmente gases lacrimógenos, para dispersar manifestaciones no violentas, a menudo junto con escopetas antidisturbios.43 Aunque prohibido por protocolos para el mantenimiento del orden público44, el gas lacrimógeno se ha usado cerca de hospitales, por ejemplo en el Hospital Gustavo Fricke en Valparaíso (8 de noviembre) y en la Clínica Santa María en Santiago (9 de noviembre). (…) 92. La ACNUDH fue informada de restricciones por parte de la policía a la información solicitada por abogadas y abogados sobre las personas detenidas. Estas restricciones tuvieron lugar principalmente durante el estado de emergencia. Según lo reportado, la policía informó a las y los abogados que solo el personal del INDH o los Defensores Públicos podrían tener acceso a los registros o que tendrían que solicitarlo oficialmente a través de los mecanismos de acceso a la información. El 25 de octubre, el Consejo para la Transparencia envió un memorando al Poder Ejecutivo y a las otras instituciones (Carabineros, Ejército, Gendarmería y Policía de Investigaciones, entre otros), destacando que el registro de detenidos, según a la Constitución, es público y que cualquier persona puede acceder a él.87 El 29 de noviembre, el Consejo para la Transparencia indicó que, después de examinar 27 comisarías en tres regiones del país, descubrieron que el 70% de ellas proporcionaban acceso sin restricciones a la información contenida en el registro de detenidos.88 (…) B. Actos de violencia contra las fuerzas de seguridad y destrucción de bienes 96. La ACNUDH ha observado una gran cantidad de actos de violencia contra funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos Carabineros, el personal del Ejército y de la Policía de Investigaciones. Según el Ministerio del Interior, 2.705 miembros de las fuerzas de seguridad resultaron heridos entre el 18 de octubre y 6 de diciembre.90 La ACNUDH recibió información sobre varios casos de miembros de Carabineros heridos y entrevistó a varios de ellos. 97. Por ejemplo, el 27 de octubre en Santiago, el Teniente de Fuerzas Especiales Camilo Parragué (25 años) sufrió una fractura abierta del húmero como resultado de que personas encapuchadas le arrojaron piedras y habría sido arrojado al suelo donde fue atropellado por un autobús. El 6 de noviembre, la Cabo Segundo de Fuerzas Especiales, Maria José Hernandez Torres (25 años) y la Carabinero Abigail Abusto Cárdenas sufrieron quemaduras faciales graves debido a una bomba molotov lanzada en una manifestación en Santiago. La ACNUDH se entrevistó también con un Carabinero de Fuerzas Especiales que se encontraba hospitalizado tras haber recibido un fuerte golpe con un ladrillo en la zona genital, en una manifestación el 1 de noviembre en Santiago. “Nos atacan con piedras, botellas y molotovs. El nivel de violencia supera lo normal.” Miembro de Carabineros lesionado 98. Carabineros, el Ejército 91 y la Fuerza Aérea 92 han sufrido ataques contra sus dependencias (en San Antonio y Copiapó) y saqueos. Según información proporcionada por el Ministerio de Justicia, 243 ataques a cuarteles policiales habrían tenido lugar entre el 19 de octubre y el 6 de diciembre. 93 99. También se han cometido actos de destrucción contra la infraestructura pública y privada. 130 de las 136 estaciones del Metro de Santiago han sufrido algún nivel de daño, seis trenes fueron destruidos.94 También hubo saqueos de supermercados, sucursales bancarias y farmacias, e incendios provocados de oficinas gubernamentales (por ejemplo, la oficina de Registro Civil de Providencia y el edificio del Gobierno Provincial de Concepción). También hubo daños en edificios protegidos, iglesias, estatuas y otros monumentos.95 Según la información proporcionada por el Gobierno, una evaluación preliminar de los daños ascendería a 3.000 millones de dólares.96 100. La ACNUDH también ha observado cómo, en respuesta a los actos de saqueo y destrucción de bienes, se han formado grupos de individuos o vecinos ("grupos de vigilantes") para proteger bienes, algunos con armas. El 10 de noviembre, una persona armada disparó contra manifestantes en Reñaca, Viña del Mar, resultando una persona herida. 101. El 19 de octubre, el presidente Sebastián Piñera declaró que "estamos en guerra contra un enemigo poderoso".97 Antes de eso, el entonces Ministro del Interior se había referido a los actos de destrucción como llevados a cabo de manera organizada por vándalos. Las autoridades tomaron una serie de medidas, incluida la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado y propuestas legislativas que establecen sanciones más severas para los delitos relevantes y restricciones a las protestas, cuya aplicación podría constituir una restricción a los derechos a la asamblea pacífica y a la libertad de expresión. 102. Según el Ministerio de Justicia, entre el 18 de octubre y el 6 de diciembre se han detenido 28.210 personas, 1.615 permanecen en prisión preventiva.98 El Ministerio del Interior ha presentado 785 querellas basadas en la Ley de Seguridad Interior del Estado, contra 1.560 personas (la mayoría de ellas relacionadas con saqueos, incendios provocados y ataques contra las fuerzas de seguridad).99 El 2 de diciembre, el Fiscal Nacional declaró que hay "un pequeño grupo de personas que ha causado destrucción y tienen (...) una conducta violenta (...) estos serán el foco de nuestra atención". Hacer lo contrario "habría significado criminalizar a un movimiento social que ha sido esencialmente legítimo".


INFORME DEL COMITÉ INTERNACIONAL EN BASE A LA OPINIÓN DE NUESTRA CONSULTORÍA JURÍDICA

En base a lo leído, visto a través de los diversos medios de comunicación, a las imágenes audiovisuales que el mismo público ha aportado, a la declaraciones de los diferentes sectores en el conflicto, debemos Informar:

1.- Que detrás del reclamo normal que se puede hacer, o de protestar de manera pacifica, hay la figura de la Sedición que ha utilizado como pretexto el justo reclamo a lo que se considera injusto, para transformarlo en una guerra desmesurada que busca sin lugar a dudas el derrocamiento del legitimo régimen de gobierno electo en libres y constitucionales comicios.

2.- Que esta especie de Enemigo Interno, ha apuntado toda su fuerza para atacar y provocar al ser humano que viste el uniforme del Cuerpo de Carabineros, para justificar una sistemática violación de los Derechos Humanos ordenada por el Estado.

3.- Que en la República de Chile existe una situación de Emergencia, la cual ha venido siendo atendida por los diversos organismos públicos, y que no existe una Violación sistemática de los Derechos Humanos, que existen excesos individuales suscitados, la mayoría de las veces por el estado de la necesidad y angustia de los funcionarios, quienes sienten el temor de perder sus vidas y no miden las consecuencias en el momento de desobedecer las ordenes protocolares impuestas con anticipación. Creemos que la Justicia debe verificar las circunstancias agravantes y atenuantes de cada caso en lo particular. Existen otros casos que no podemos colocarlos dentro del espacio de los excesos, sino dentro de los actos delictivos, que son comunes y estos funcionarios deben ser juzgados por los tribunales de justicia.

4.- Que estos hechos deben observarse realmente según lo que persiguen los actores y repetimos, es una fachada de un grupo para deponer al actual Presidente de su mandato, a costa de vidas inocentes.


Dr. Israel Álvarez de Armas

Presidente del Comité Internacional sobre

Desapariciones Forzadas, Detenciones Arbitrarias y

Delitos de Genocidio y de Lesa Humanidad.

defensorgeneral@gmail.com


publicado por victoria13 a las 02:42 · Sin comentarios  ·  Recomendar
Más sobre este tema ·  Participar
Comentarios (0) ·  Enviar comentario
Enviar comentario

Nombre:

E-Mail (no será publicado):

Sitio Web (opcional):

Recordar mis datos.
Escriba el código que visualiza en la imagen Escriba el código [Regenerar]:
Formato de texto permitido: <b>Negrita</b>, <i>Cursiva</i>, <u>Subrayado</u>, <li>· Lista</li>
img
.Sobre mí
FOTO

Carlos Escayola



» Ver perfil

img
.Calendario
Ver mes anterior Mayo 2024 Ver mes siguiente
DOLUMAMIJUVISA
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031
img
.Buscador
Blog   Web
img
.Tópicos
» General (186)
img
.Nube de tags [?]
img
.Secciones
» Inicio
img
.Enlaces
img img
FULLServices Network | Crear blog | Privacidad