Blog gratis
Reportar
Editar
¡Crea tu blog!
Compartir
¡Sorpréndeme!
img
img

 

 

COMISIÓN EUROPEA Y ASIÁTICA DE DERECHOS HUMANOS
Blog de victoria13

img
img
10 de Marzo, 2022 · General

RESOLUCION DE LA COMISION POR EL CASO DEL PERIODISTA SAUDITA YAMAL JASHOGYI



RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA COMISIÓN IBEROAMERICANA, EUROPEA Y ASIÁTICA DE DERECHOS HUMANOS

(CCEE)



(Sobre la base de lo establecido en la Resolución a/res/58/380 de 18 de septiembre de 2003, en su numeral 48, emanada de la Asamblea General de las Naciones Unidas)




Distr.

GENERAL

003010-2022

10 de Marzo de 2022







La Comisión ha estudiado el Informe presentado por el Relator Especial Pedro Cabrera, sobre la situación de Inherencia que se vive en el Reino de Arabia Saudita, la cual ha sido evaluada por el Comité Técnico de esta Comisión, la cual tiene su asiento en la ciudad de Hong Kong, y habiéndose cumplido el plazo que la Presidencia de la Comisión le fijo al Comité, es esta la oportunidad para someter el Informe a la consideración de la Asamblea General, realizada en esta fecha vía on line en la ciudad de Río de Janeiro, extinta capital de la República Federativa de Brasil.



INFORME DEL COMITÉ TÉCNICO





CASO: PRESUNTO ASESINATO DEL CIUDADANO SAUDITA YAMAL JASHOGYI



1. NOTICIAS CRIMINIS TOMADA DEL PORTAL WIKIPEDIA:

Atraído al edificio del consulado con el pretexto de proporcionarle documentos para su próxima boda (con una ciudadana turca llamada Hatice Cengiz), Jashogyi fue atado, asfixiado y desmembrado56​ por un escuadrón de asesinos sauditas de 15 miembros.6​ Los últimos momentos de Jashogyi se capturan en grabaciones de audio, cuyas transcripciones se hicieron públicas posteriormente.57​ La investigación turca concluyó que Jashogyi había sido estrangulado tan pronto como ingresó al edificio del consulado, y que su cuerpo fue desmembrado y tirado,8​ probablemente en el cercano Bosque Belgrad o en un terreno de cultivo en la provincia de Yalova.910​ Los investigadores turcos, así como las investigaciones del New York Times, concluyeron que algunos de los 15 miembros del equipo saudí estaban estrechamente relacionados con el príncipe heredero saudí Mohamed bin Salmán y que el equipo había viajado a Estambul específicamente para cometer el homicidio.11 El gobierno saudita se comprometió en un gran esfuerzo para encubrir el asesinato, incluida la destrucción de pruebas.6​ Después de cambiar repetidamente su relato de lo que le sucedió a Khashoggi en los días posteriores al asesinato, el gobierno saudí admitió que Khashoggi había sido asesinado en un asesinato premeditado,1213​ pero negó que el asesinato hubiera tenido lugar según las órdenes de bin Salman,121415​ quien dijo que aceptó la responsabilidad por el asesinato "porque sucedió bajo mi supervisión", pero afirmó que no lo ordenó.5​ Las autoridades turcas publicaron una grabación de audio del asesinato de Khashoggi que, según ellos, contenía evidencia de que Khashoggi había sido asesinado por orden de Mohammed bin Salman.3​ Para noviembre de 2018 la CIA, basada en múltiples fuentes de inteligencia, había concluido que bin Salman había ordenado el asesinato de Khashoggi.1​ En el mismo mes, Estados Unidos sancionó a 17 personas sauditas por el asesinato de Khashoggi, incluido el exasesor de bin Salman, Saud Al-Qahtani, pero no sancionó al mismo Bin Salman.16​ El presidente de los Estados Unidos Donald Trump disputó la evaluación de la CIA, expresó su apoyo a Bin Salman y declaró que la investigación sobre la muerte de Khashoggi tenía que continuar.17”



2. MEDIO PERIODISTICO RFI:

Por primera vez, Estados Unidos acusa al príncipe saudita Mohamed bin Salmán de haber aprobado el asesinato del periodista Jamal Khashoggi, luego de hacer público este viernes un explosivo informe de inteligencia que revela que el príncipe heredero, conocido por sus siglas MBS, autorizó "capturar o matar" al periodista Jamal Khashoggi. Sin embargo, el gobierno de Biden no anunció ninguna sanción directa contra el príncipe heredero aunque sí contra 76 sauditas relacionados con la muerte del periodista y señala que desde ahora el interlocutor será el rey Salmán de Arabia Saudita.”

Según el informe secreto  y que ahora Estados Unidos hace público parcialmente, el príncipe Mohamed bin Salmán, heredero del rey Salmán y gobernante de facto del reino, y conocido con sus siglas MBS,  "aprobó una operación en Estambul, Turquía, para capturar o matar al periodista saudí Jamal Khashoggi". El periodista saudí Khashoggi era crítico con el reino y se afincó en Estados Unidos tras caer en desgracia con el príncipe heredero. En octubre de 2018 entró al consulado de Arabia Saudita en Estambul para pedir un certificado para casarse con su prometida. Según las autoridades turcas fue asesinado en la sede diplomática el 2 de octubre por un escuadrón de 15 sauditas que primero lo estrangularon y luego desmembraron su cuerpo. Sus restos nunca fueron encontrados. El informe, de hace dos años y de unas cuantas páginas, fue divulgado este viernes 26 de febrero de forma parcial por el gobierno del presidente Joe Biden, y señala que dada la influencia del príncipe heredero, es "altamente improbable" que el asesinato del periodista ocurriera sin una luz verde de su parte. "El príncipe heredero ve a Khashoggi como una amenaza para el reino y en términos generales apoyó el uso de medidas violentas para silenciarlo", indica el informe. Tras la desclasificación, Estados Unidos anunció sanciones contra decenas de sauditas relacionados con la muerte Khashoggi, que era colaborador del diario The Washington Post, y anunció que prohibirá el ingreso de personas que amenacen a disidentes en sus países.”



CONCLUSIONES DEL COMITÉ TÉCNICO:



 LEGITIMACIÓN EN EL MARCO INTERNACIONAL DE ESTA COMISIÓN IBEROAMERICANA, EUROPEA Y ASIÁTICA PARA INVESTIGAR LOS HECHOS.



La Declaración sobre los defensores de los derechos humanos fue adoptada por consenso por la Asamblea General en 1998, con motivo del quincuagésimo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, tras 14 años de negociaciones. (Véase la Resolución A/RES/53/144 de la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos.

Los esfuerzos colectivos de numerosas ONG de derechos humanos y de las delegaciones de algunos Estados contribuyeron a que el resultado final fuera un texto coherente, muy útil y pragmático.

Quizás lo más importante es que la Declaración se dirige no sólo a los Estados y los defensores de los derechos humanos sino a todos. Nos dice que todos tenemos una función que desempeñar como defensores de esos derechos, y destaca la existencia de un movimiento mundial en el que todos estamos inmersos.
Además, la adopción por consenso de la Declaración por parte de la Asamblea General representa un compromiso muy firme de los Estados para su aplicación. La declaración:

  • Identifica a los defensores de los derechos humanos como individuos o grupos que actúan para promover, proteger o luchar por la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales por medios pacíficos.

  • Reconoce el papel clave de los defensores de los derechos humanos en la realización de los derechos humanos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los tratados jurídicamente vinculantes y en el sistema internacional de derechos humanos.

  • Representa un cambio de paradigma: se dirige no sólo a los Estados y a los defensores de los derechos humanos, sino a todos. Pone de relieve que existe un movimiento global de derechos humanos que nos involucra a todos y que todos tenemos un papel que cumplir para que los derechos humanos sean una realidad para todos.

El nombre completo de la Declaración es "Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos". Sin embargo, a menudo se abrevia como "Declaración sobre los defensores de los derechos humanos".

El artículo 6 de la Resolución a/res/53/144 de 8 de maro de 1999 establece:



Toda persona tiene derecho, individualmente y con otras: a) A conocer, recabar, obtener, recibir y poseer información sobre todos los derechos humanos y libertades fundamentales, con inclusión del acceso a la información sobre los medios por los que se da efecto a tales derechos y libertades en los sistemas legislativo, judicial y administrativo internos;”



Resolución a/res/58/380 de 18 de septiembre de 2003



Nota del Secretario General de las Naciones Unidas

El Secretario General tiene el honor de transmitir a los miembros del Asamblea General el informe presentado por Hina Jilani, su Representante Especial en Defensores de derechos humanos, de conformidad con la resolución 57/209 de la Asamblea General de 18 de diciembre de 2002 (véase el anexo)



44. El presente informe no pretende ofrecer ninguna definición formal de emergencias El Representante Especial utiliza aquí la palabra "emergencia" para referirse a condiciones políticas, sociales o económicas en las que se produce un alejamiento del régimen jurídico normal, y los límites de la autoridad del Estado son, de jure o de facto, expandido más allá del alcance de la autoridad ordinariamente prescrita. su enfoque en Las emergencias incluyen, pero no se limitan a, estados de emergencia declarados formalmente.



44. The present report does not attempt to provide any formal definition of emergencies. The Special Representative here uses the word “emergency” to refer to political, social or economic conditions under which there is a departure from the normal legal regime, and the limits of State authority are, de jure or de facto, expanded beyond the scope of authority ordinarily prescribed. Her focus on emergencies includes, but is not limited to, formally declared states of emergency.



48. Los defensores pueden monitorear una situación general, investigar rápidamente las denuncias de posibles violaciones e informar sus conclusiones, proporcionando una medida de responsabilidad. Pueden brindar apoyo a las víctimas y a las personas que están tratando de escapar de la violencia. Proporcionan refugio de emergencia, comida, agua y atención médica. cuidado para ayudar a una población a sobrevivir un período de emergencia. Su presencia puede ayudar a calmar las situaciones y, en ocasiones, evitar que se produzcan violaciones de los derechos humanos. comprometido. Su trabajo puede ayudar a poner fin rápidamente a estas situaciones y asegurar una medida de justicia para aquellos que, sin embargo, sufren violaciones. Ellos también proporcionan a la comunidad internacional alguna verificación independiente de lo que está sucediendo realmente dentro de una situación de emergencia, informando el proceso de tomar decisiones sobre posibles acciones. Este papel puede ser un apoyo crucial no sólo para el víctimas de violaciones de derechos humanos y las autoridades del Estado de manera más inmediata interesados, sino también para el Consejo de Seguridad y otros órganos.



48. Defenders can monitor an overall situation, rapidly investigate allegations of possible violations and report their conclusions, providing a measure of accountability. They are able to provide support to victims and persons who are trying to escape violence. They provide emergency shelter, food, water and medical care to help a population survive a period of emergency. Their presence can help to calm situations and, at times, to prevent human rights violations from being committed. Their work can help to bring these situations quickly to an end and ensure a measure of justice for those who nevertheless suffer violations. They also provide the international community with some independent verification of what is actually happening within an emergency situation, informing the process of taking decisions on possible actions. This role can be a crucial support not only for the victims of human rights violations and the State authorities most immediately concerned, but also for the Security Council and other bodies.



CONCLUSIONES:



PRIMERO: Existe de parte de los Estados Unidos de América em la persona de su Presidente, un ataque de carácter religioso al imputarle a una persona que profesa la religión del Islam, un delito condenado por Allah como es el de MATAR.

SEGUNDO: El Principe Muhammad Bin Salman es un Musulman, respetuoso de los mandatos de Allah, el cual se encuentra contenido em uno de los Mandamientos que Allah le entregó al Profeta Musa.

TERCERO: Que el Reino de Arabia Saudita es una Monarquía Absoluta Teocrática, totalmente diferente en costumbres a los países que no pertenecen al Islam.

CUARTO: Que es una forma de Inherencia com visos de Espionaje contra la Monarquía de Arabia Saudita.

Por ultimo, considera este Comité Técnico que de aprobarse el presente informe debe elevarse el mismo al conocimiento del Secretario General de las Naciones Unidas cuya sede se encuentra en la ciudad de New York en los Estados Unidos de América, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la ciudad de Ginebra, Suiza. A la Unión Europea cuya sede de encuentra en la ciudad de Bruselas en Bélgica. Al Congreso de los Estados Unidos de América en la persona del Comité Judicial de la Cámara del Senado. A la persona del Principe Muhammad Bin Salman, Principe de Arabia Saudita, y a los gobiernos que profesan la Religión del Islam.



PRELIMINAR



La Comisión Iberoamericana, Europea y Asiática de Derechos Humanos, habiendo debatido entre sus miembros el contenido del Informe presentado por el Comité Técnico, Resuelve:

Se aprueba por unanimidad en todas y cada una de sus partes el Informe, y se autoriza amplia y suficientemente a su Presidente para realizar las Notificaciones pertinentes, Certificar el contenido del mismo en forma Autentica, y darlo a la publicidad.



Por ultimo, considera este Comité Técnico que de aprobarse el presente informe debe elevarse el mismo al conocimiento del Secretario General de las Naciones Unidas cuya sede se encuentra en la ciudad de New York en los Estados Unidos de América, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y para los Refugiados, ambos con sede en la ciudad de Ginebra, Suiza. Al Parlamento Europeo con sede en la ciudad de Estrasburgo en la República de Francia. A la Unión Europea cuya sede de encuentra en la ciudad de Bruselas en Bélgica. Al Congreso de los Estados Unidos de América en la persona del Comité Judicial de la Cámara del Senado. A la Corte Suprema del Reino Unido, cuya sede se encuentra en la ciudad de Londres en el Reino Unido.



PRELIMINAR



La Comisión Iberoamericana, Europea y Asiática de Derechos Humanos, habiendo debatido entre sus miembros el contenido del Informe presentado por el Comité Técnico, Resuelve:

Se aprueba por unanimidad en todas y cada una de sus partes el Informe, y se autoriza amplia y suficientemente a su Presidente para realizar las Notificaciones pertinentes, Certificar el contenido del mismo en forma Autentica, y darlo a la publicidad.



Rio de Janeiro, 10 de Marzo de 2022.



Alí Muhammad

Presidente












































publicado por victoria13 a las 10:51 · 1 Comentario  ·  Recomendar
Más sobre este tema ·  Participar
Comentarios (1) ·  Enviar comentario
a
publicado por wdae, el 11.06.2022 23:48
Enviar comentario

Nombre:

E-Mail (no será publicado):

Sitio Web (opcional):

Recordar mis datos.
Escriba el código que visualiza en la imagen Escriba el código [Regenerar]:
Formato de texto permitido: <b>Negrita</b>, <i>Cursiva</i>, <u>Subrayado</u>, <li>· Lista</li>
img
.Sobre mí
FOTO

Carlos Escayola



» Ver perfil

img
.Calendario
Ver mes anterior Abril 2024 Ver mes siguiente
DOLUMAMIJUVISA
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930
img
.Buscador
Blog   Web
img
.Tópicos
» General (186)
img
.Nube de tags [?]
img
.Secciones
» Inicio
img
.Enlaces
img img
FULLServices Network | Crear blog | Privacidad