RESOLUCIÓN
APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA COMISIÓN IBEROAMERICANA,
EUROPEA Y ASIÁTICA DE DERECHOS HUMANOS
(CCEE)
(Sobre
la base de lo establecido en la Resolución a/res/58/380 de 18 de
septiembre de 2003, en su numeral 48, emanada de la Asamblea General
de las Naciones Unidas)
Distr.
GENERAL
003010-2022
10
de Marzo de 2022
La
Comisión ha estudiado el Informe presentado por el Relator Especial
Pedro Cabrera, sobre la situación de Inherencia que se vive en el
Reino de Arabia Saudita, la cual ha sido evaluada por el Comité
Técnico de esta Comisión, la cual tiene su asiento en la ciudad de
Hong Kong, y habiéndose cumplido el plazo que la Presidencia de la
Comisión le fijo al Comité, es esta la oportunidad para someter el
Informe a la consideración de la Asamblea General, realizada en esta
fecha vía on line en la ciudad de Río de Janeiro, extinta capital
de la República Federativa de Brasil.
INFORME
DEL COMITÉ TÉCNICO
CASO:
PRESUNTO ASESINATO DEL CIUDADANO SAUDITA YAMAL JASHOGYI
1.
NOTICIAS CRIMINIS TOMADA DEL PORTAL WIKIPEDIA:
“Atraído
al edificio del consulado con el pretexto de proporcionarle
documentos para su próxima boda (con una ciudadana turca llamada
Hatice Cengiz), Jashogyi fue
atado, asfixiado y desmembrado56
por un escuadrón de asesinos sauditas de 15 miembros.6
Los últimos momentos de Jashogyi se capturan en grabaciones de
audio, cuyas transcripciones se hicieron públicas
posteriormente.57
La investigación turca concluyó que Jashogyi había sido
estrangulado tan pronto como ingresó al edificio del consulado, y
que su cuerpo fue desmembrado y tirado,8
probablemente en el cercano Bosque Belgrad o en un terreno de cultivo
en la provincia
de Yalova.910
Los investigadores turcos, así como las investigaciones del New York
Times, concluyeron que algunos de los 15 miembros del equipo saudí
estaban estrechamente relacionados con el príncipe
heredero saudí Mohamed
bin Salmán y
que el equipo había viajado a Estambul específicamente
para cometer el homicidio.11
El
gobierno saudita se comprometió en un gran esfuerzo para encubrir el
asesinato, incluida la destrucción de pruebas.6
Después de cambiar repetidamente su relato de lo que le sucedió a
Khashoggi en los días posteriores al asesinato, el gobierno saudí
admitió que Khashoggi había sido asesinado en un asesinato
premeditado,1213
pero negó que el asesinato hubiera tenido lugar según las órdenes
de bin Salman,121415
quien dijo que aceptó la responsabilidad por el asesinato "porque
sucedió bajo mi supervisión", pero afirmó que no lo ordenó.5
Las autoridades turcas publicaron una grabación de audio del
asesinato de Khashoggi que, según ellos, contenía evidencia de que
Khashoggi había sido asesinado por orden de Mohammed bin Salman.3
Para noviembre de 2018 la CIA,
basada en múltiples fuentes de inteligencia, había concluido que
bin Salman había ordenado el asesinato de Khashoggi.1
En el mismo mes, Estados
Unidos sancionó
a 17 personas sauditas por el asesinato de Khashoggi, incluido el
exasesor de bin Salman, Saud
Al-Qahtani,
pero no sancionó al mismo Bin Salman.16
El presidente de los Estados Unidos Donald
Trump disputó
la evaluación de la CIA, expresó su apoyo a Bin Salman y declaró
que la investigación sobre la muerte de Khashoggi tenía que
continuar.17”
2.
MEDIO PERIODISTICO RFI:
“Por
primera vez, Estados Unidos acusa al príncipe saudita Mohamed bin
Salmán de haber aprobado el asesinato del periodista Jamal
Khashoggi, luego de hacer público este viernes un explosivo informe
de inteligencia que revela que el príncipe heredero, conocido por
sus siglas MBS, autorizó "capturar o matar" al periodista
Jamal Khashoggi. Sin embargo, el gobierno de Biden no anunció
ninguna sanción directa contra el príncipe heredero aunque sí
contra 76 sauditas relacionados con la muerte del periodista y señala
que desde ahora el interlocutor será el rey Salmán de Arabia
Saudita.”
“Según
el informe secreto y que ahora Estados Unidos hace público
parcialmente, el príncipe Mohamed bin Salmán, heredero del rey
Salmán y gobernante de facto del reino, y conocido con sus siglas
MBS, "aprobó una operación en Estambul, Turquía, para
capturar o matar al periodista saudí Jamal Khashoggi". El
periodista saudí Khashoggi era crítico con el reino y se afincó en
Estados Unidos tras caer en desgracia con el príncipe heredero. En
octubre de 2018 entró al consulado de Arabia Saudita en Estambul
para pedir un certificado para casarse con su prometida. Según
las autoridades turcas fue asesinado en la sede diplomática el 2 de
octubre por un escuadrón de 15 sauditas que primero lo estrangularon
y luego desmembraron su cuerpo. Sus restos nunca fueron encontrados.
El
informe, de hace dos años y de unas cuantas páginas, fue divulgado
este viernes 26 de febrero de forma parcial por el gobierno del
presidente Joe Biden, y señala que dada la influencia del príncipe
heredero, es "altamente improbable" que el asesinato del
periodista ocurriera sin una luz verde de su parte. "El
príncipe heredero ve a Khashoggi como una amenaza para el reino y en
términos generales apoyó el uso de medidas violentas para
silenciarlo", indica el informe. Tras la desclasificación,
Estados Unidos anunció sanciones contra decenas de sauditas
relacionados con la muerte Khashoggi, que era colaborador del
diario The
Washington Post,
y anunció que prohibirá el ingreso de personas que amenacen a
disidentes en sus países.”
CONCLUSIONES
DEL COMITÉ TÉCNICO:
LEGITIMACIÓN
EN EL MARCO INTERNACIONAL DE ESTA COMISIÓN IBEROAMERICANA, EUROPEA Y
ASIÁTICA PARA INVESTIGAR LOS HECHOS.
La
Declaración sobre los defensores de los derechos humanos fue
adoptada por consenso por la Asamblea General en 1998, con motivo del
quincuagésimo aniversario de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, tras 14 años de negociaciones. (Véase
la Resolución
A/RES/53/144 de
la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los defensores de
los derechos humanos.
Los
esfuerzos colectivos de numerosas ONG de derechos humanos y de las
delegaciones de algunos Estados contribuyeron a que el resultado
final fuera un texto coherente, muy útil y pragmático.
Quizás
lo más importante es que la Declaración se dirige no sólo a los
Estados y los defensores de los derechos humanos sino a todos. Nos
dice que todos tenemos una función que desempeñar como defensores
de esos derechos, y destaca la existencia de un movimiento mundial en
el que todos estamos inmersos.
Además, la adopción por
consenso de la Declaración por parte de la Asamblea General
representa un compromiso muy firme de los Estados para su aplicación.
La declaración:
Identifica
a los defensores de los derechos humanos como individuos o grupos
que actúan para promover, proteger o luchar por la protección y
realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales
por medios pacíficos.
Reconoce
el papel clave de los defensores de los derechos humanos en la
realización de los derechos humanos consagrados en la Declaración
Universal de Derechos Humanos y en los tratados jurídicamente
vinculantes y en el sistema internacional de derechos humanos.
Representa
un cambio de paradigma: se dirige no sólo a los Estados y a los
defensores de los derechos humanos, sino a todos. Pone de relieve
que existe un movimiento global de derechos humanos que nos
involucra a todos y que todos tenemos un papel que cumplir para que
los derechos humanos sean una realidad para todos.
El
nombre completo de la Declaración es "Declaración
sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las
instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las
libertades fundamentales universalmente reconocidos".
Sin embargo, a menudo se abrevia como "Declaración
sobre los defensores de los derechos humanos".
El
artículo 6 de la Resolución a/res/53/144 de 8 de maro de 1999
establece:
“Toda
persona tiene derecho, individualmente y con otras: a) A conocer,
recabar, obtener, recibir y poseer información sobre todos los
derechos humanos y libertades fundamentales, con inclusión del
acceso a la información sobre los medios por los que se da efecto a
tales derechos y libertades en los sistemas legislativo, judicial y
administrativo internos;”
Resolución
a/res/58/380 de 18 de septiembre de 2003
Nota
del Secretario General de las Naciones Unidas
El
Secretario General tiene el honor de transmitir a los miembros del
Asamblea General el informe presentado por Hina Jilani, su
Representante Especial en Defensores de derechos humanos, de
conformidad con la resolución 57/209 de la Asamblea General de 18 de
diciembre de 2002 (véase el anexo)
44.
El presente informe no pretende ofrecer ninguna definición formal de
emergencias El Representante Especial utiliza aquí la palabra
"emergencia" para referirse a condiciones políticas,
sociales o económicas en las que se produce un alejamiento del
régimen jurídico normal, y los límites de la autoridad del Estado
son, de jure o de facto, expandido más allá del alcance de la
autoridad ordinariamente prescrita. su enfoque en Las
emergencias incluyen, pero no se limitan a, estados de emergencia
declarados formalmente.
44.
The present report does not attempt to provide any formal definition
of emergencies. The Special Representative here uses the word
“emergency” to refer to political, social or economic conditions
under which there is a departure from the normal legal regime, and
the limits of State authority are, de jure or de facto, expanded
beyond the scope of authority ordinarily prescribed. Her focus on
emergencies includes, but is not limited to, formally declared states
of emergency.
48.
Los defensores pueden monitorear una situación general, investigar
rápidamente las denuncias de posibles violaciones e informar sus
conclusiones, proporcionando una medida de responsabilidad. Pueden
brindar apoyo a las víctimas y a las personas que están tratando de
escapar de la violencia. Proporcionan refugio de emergencia,
comida, agua y atención médica. cuidado para ayudar a una población
a sobrevivir un período de emergencia. Su presencia puede
ayudar a calmar las situaciones y, en ocasiones, evitar que se
produzcan violaciones de los derechos humanos. comprometido. Su
trabajo puede ayudar a poner fin rápidamente a estas situaciones y
asegurar una medida de justicia para aquellos que, sin embargo,
sufren violaciones. Ellos también proporcionan a la comunidad
internacional alguna verificación independiente de lo que está
sucediendo realmente dentro de una situación de emergencia,
informando el proceso de tomar decisiones sobre posibles
acciones. Este papel puede ser un apoyo crucial no sólo para el
víctimas de violaciones de derechos humanos y las autoridades del
Estado de manera más inmediata interesados, sino también para el
Consejo de Seguridad y otros órganos.
48.
Defenders can monitor an overall situation, rapidly investigate
allegations of possible violations and report their conclusions,
providing a measure of accountability. They are able to provide
support to victims and persons who are trying to escape violence.
They provide emergency shelter, food, water and medical care to help
a population survive a period of emergency. Their presence can help
to calm situations and, at times, to prevent human rights violations
from being committed. Their work can help to bring these situations
quickly to an end and ensure a measure of justice for those who
nevertheless suffer violations. They also provide the international
community with some independent verification of what is actually
happening within an emergency situation, informing the process of
taking decisions on possible actions. This role can be a crucial
support not only for the victims of human rights violations and the
State authorities most immediately concerned, but also for the
Security Council and other bodies.
CONCLUSIONES:
PRIMERO:
Existe de parte de los Estados Unidos de América em la persona de su
Presidente, un ataque de carácter religioso al imputarle a una
persona que profesa la religión del Islam, un delito condenado por
Allah como es el de MATAR.
SEGUNDO:
El Principe Muhammad Bin Salman es un Musulman, respetuoso de los
mandatos de Allah, el cual se encuentra contenido em uno de los
Mandamientos que Allah le entregó al Profeta Musa.
TERCERO:
Que el Reino de Arabia Saudita es una Monarquía Absoluta Teocrática,
totalmente diferente en costumbres a los países que no pertenecen al
Islam.
CUARTO:
Que es una forma de Inherencia com visos de Espionaje contra la
Monarquía de Arabia Saudita.
Por
ultimo, considera este Comité Técnico que de aprobarse el presente
informe debe elevarse el mismo al conocimiento del Secretario General
de las Naciones Unidas cuya sede se encuentra en la ciudad de New
York en los Estados Unidos de América, a la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la
ciudad de Ginebra, Suiza. A la Unión Europea cuya sede de encuentra
en la ciudad de Bruselas en Bélgica. Al Congreso de los Estados
Unidos de América en la persona del Comité Judicial de la Cámara
del Senado. A la persona del Principe Muhammad Bin Salman, Principe
de Arabia Saudita, y a los gobiernos que profesan la Religión del
Islam.
PRELIMINAR
La
Comisión Iberoamericana, Europea y Asiática de Derechos Humanos,
habiendo debatido entre sus miembros el contenido del Informe
presentado por el Comité Técnico, Resuelve:
Se
aprueba por unanimidad en todas y cada una de sus partes el Informe,
y se autoriza amplia y suficientemente a su Presidente para realizar
las Notificaciones pertinentes, Certificar el contenido del mismo en
forma Autentica, y darlo a la publicidad.
Por
ultimo, considera este Comité Técnico que de aprobarse el presente
informe debe elevarse el mismo al conocimiento del Secretario General
de las Naciones Unidas cuya sede se encuentra en la ciudad de New
York en los Estados Unidos de América, a la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y para
los Refugiados, ambos con sede en la ciudad de Ginebra, Suiza. Al
Parlamento Europeo con sede en la ciudad de Estrasburgo en la
República de Francia. A la Unión Europea cuya sede de encuentra en
la ciudad de Bruselas en Bélgica. Al Congreso de los Estados Unidos
de América en la persona del Comité Judicial de la Cámara del
Senado. A la Corte Suprema del Reino Unido, cuya sede se encuentra en
la ciudad de Londres en el Reino Unido.
PRELIMINAR
La
Comisión Iberoamericana, Europea y Asiática de Derechos Humanos,
habiendo debatido entre sus miembros el contenido del Informe
presentado por el Comité Técnico, Resuelve:
Se
aprueba por unanimidad en todas y cada una de sus partes el Informe,
y se autoriza amplia y suficientemente a su Presidente para realizar
las Notificaciones pertinentes, Certificar el contenido del mismo en
forma Autentica, y darlo a la publicidad.
Rio
de Janeiro, 10 de Marzo de 2022.
Alí
Muhammad
Presidente