
Señora
Fiscal de la
Corte Penal Internacional
Presente.-
Presento a usted como
elemento que incrimina a las personas denunciadas ante su Oficina:
Nicolás Maduro Moros
Carmen Meléndez
Miguel Rodríguez
Torres
Justo Noguera Pietri
Orlando Alexis
Rodríguez
Alexis Márquez Jaimes
Gabriela del Mar
Ramírez Pérez
Por estar presuntamente
incursas en delitos de Lesa Humanidad y Guerra, la declaración hecha pública por
la Organización de Estados Americanos (OEA), de la Intervención de su
Secretario General, José Miguel Insulza, en la Reunión Extraordinaria del
Consejo Permanente de fecha 06 de Marzo de 2014, la cual parcialmente dice:
http://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=D-003/14
“…La segunda circunstancia es la violencia, sea
en la protesta y o de la respuesta a ella. Los
enfrentamientos de las últimas semanas han provocado una cantidad de muertos,
heridos y detenidos que sigue aumentando y se conocen denuncias múltiples y
documentadas de violaciones de los derechos humanos. Muchas de
las circunstancias anteriores son reconocidas por el gobierno y por la
oposición; …” (INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DE
LA OEA, JOSÉ MIGUEL INSULZA - REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO PERMANENTE - 6 de marzo de 2014)
Esta
declaración merece fe pública por emanar de un Organismo Intergubernamental, la
cual tiene un incontrovertible interés criminalistico que solicito se recabe su
autenticidad a tenor de lo establecido en el cardinal 2 del artículo 15 del
Estatuto de Roma.
Por
otra parte, es importante resaltar que el Ministerio Público del Estado
(República Bolivariana de Venezuela) quien tiene por el Estatuto Sustantivo de
la Nación el monopolio de la acción penal, ha omitido Aperturar con fines de
enjuiciamiento para que estas personas supra referidas sean objeto de juicio,
conforme al ordenamiento sustantivo y adjetivo penal. Lo cual quiere decir, que
a tenor de lo dispuesto en el literal a) cardinal 1) del artículo 17 del Estatuto
de Roma esta denuncia podría ser admisible de Investigación por mandato de la
Corte Penal Internacional.
Será
Justicia
Israel Álvarez de Armas
Defensor Integral y Universal
de los Derechos Humanos y Relator Especial del Comité Internacional sobre
Desapariciones Forzadas, Detenciones Arbitrarias y delitos de Genocidio y de
Lesa Humanidad, órgano no gubernamental que Informa al Consejo de Seguridad de
las Naciones Unidas y al Fiscal de la
Corte Penal Internacional
(Resolución a/res/A/58/380 de 18 de septiembre de 2003)